¿Qué contiene la Reforma Política?
La denominada Reforma Política, aprobada tanto por el Congreso de la Unión como por la mayoría de las legislaturas locales, ha entrado en vigor después de su promulgación y publicación en el Diario Oficial de la Federación.
El contenido de la misma es abundante y trascendente, pues toca temas de especial importancia, aunque es obvio que por lo especial del caso, prácticamente el centro de la deliberación ha sido la parte electoral que transforma las reglas y árbitros de la competencia.
El tema en lo particular, por sí solo, es motivo de un exhaustivo análisis y, aunque se ha abordado en ocasiones anteriores, da con mucho, materia para continuar la reflexión en futuros artículos.
Cabe resaltar, que en los últimos años nuestra Carta Magna ha sufrido múltiples y profundas transformaciones, encaminadas a cambiar y fortalecer el sistema político mexicano, en particular el entramado institucional.
Sin hacer menos ninguna reforma, pues todas tienen su trascendencia, sin embargo, la reciente a que me refiero en este artículo, tiene un hondo calado y es -sin duda alguna-, la más significativa de todas.
Es muy probable, por lo reciente de su vigencia, que aún no se aprecien sus alcances y la relevancia que implican los cambios, en tanto que ni siquiera se pueden llevar a la práctica en estos momentos, pues faltan las leyes secundarias para su aplicación.
No obstante son de resaltar conceptos e imperativos fundamentales, que ahora recoge nuestra Constitución, tales como el principio de la democracia deliberativa en el proceso de planeación, con mecanismos de participación incluyente.
Por otra parte, elevar a rango de órgano constitucional autónomo al CONEVAL, es otro acierto, pues mantiene la medición de la pobreza y de la evaluación de los programas, objetivos, metas y acciones de la política de desarrollo social, de manera autónoma, independiente y ajena a cualquier intromisión o sesgo de tendencias parciales.
Los gobiernos de coalición y la ratificación de los Secretarios de Estado por las Cámaras, según sea el caso, son figuras que coadyuvan con los equilibrios políticos y propician el diálogo y entendimiento entre las fuerzas partidarias y el gobierno en turno, innovaciones encaminadas a evitar los excesos y propiciar la Coordinación entre los poderes.
Otra cuestión de fondo, consiste en la creación de la Fiscalía General de la República, que sustituye a la P.G.R., y ahora es un órgano público autónomo, dotado de personalidad Jurídica y patrimonio propio.
El Fiscal cuenta con un periodo transexenal de nueve años, con inamovilidad a menos que incurra en faltas graves, designado por la Cámara de Senadores.
Así mismo se establece que contará cuando menos con dos fiscalías especializadas en delitos electorales y de combate a la corrupción.
Estos son algunos rubros de los contenidos en la reforma política, cada uno de ellos merece especial atención, para su análisis en lo particular, ya que constituyen un verdadero parteaguas en el sistema según su propia naturaleza.
En paralelo, resulta necesario destacar, que su relevancia no es únicamente su inserción en el texto constitucional, sin restarle la importancia que ello tiene, por el cambio institucional que de ahí deriva, sino que se trata de un real y verdadero impulso hacia una transformación cultural.
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