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sábado, 31 de mayo de 2014

EL DIPUTADO EUGENIO GOVEA ARCOS, PRESENTÓ UNA INICIATIVA DE REFORMA AL ARTÍCULO 9° DE LA LEY DE AUDITORÍA SUPERIOR DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, PARA MODIFICAR EL PROCESO DE ELECCIÓN DEL TITULAR DE ESTE ORGANISMO

Dip.-EugenioGovea

EL DIPUTADO EUGENIO GOVEA ARCOS, PRESENTÓ UNA INICIATIVA DE REFORMA AL ARTÍCULO 9° DE LA LEY DE AUDITORÍA SUPERIOR DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, PARA MODIFICAR EL PROCESO DE ELECCIÓN DEL TITULAR DE ESTE ORGANISMO

San Luis Potosí, México. Mayo 31, 2014  |  En su iniciativa, el legislador propone que el Auditor Superior del Estado sea electo por el pleno del Congreso del Estado, en una terna en la que participen los 3 candidatos que a juicio de la Comisión de Vigilancia, hayan obtenido las mejores evaluaciones y de entre los cuales, deberá elegirse al funcionario en cuestión, sin necesidad de proponer una nueva terna si no se alcanza la votación requerida, como actualmente lo estipula la legislación.

Aclara que la disposición vigente, prevé la posible “eliminación” de la primera terna, si no se alcanzan los votos requeridos hacia algún candidato por parte de los diputados en pleno, lo que en su caso puede significar que el Auditor del Estado sea elegido no de entre los 3 mejores perfiles.

“Por lo anterior, veo la necesidad de reformar el procedimiento para la elección de quien deba ocupar el cargo de Auditor Superior con el fin de que sea designado de entre los integrantes de una sola terna, eliminando la posibilidad de tener una la segunda terna”, expone.

De esta manera, se propone que en caso de que en la primer votación ninguno de los integrantes de la terna obtenga el número de votos requeridos, se procederá a una segunda o ulterior votación, en la que se considere a los candidatos que hayan obtenido el mayor número de votos, hasta que alguno de ellos obtenga el número de votos requerido.

Añade que la Ley de la Auditoría Superior del Estado establece en su artículo 9º el procedimiento para la elección del Auditor, mismo que prevé la convocatoria a los interesados; la revisión y análisis de las solicitudes presentadas; la realización de las entrevistas a los inscritos en el proceso; la evaluación de la documentación de cada uno de los aspirantes; y por último el dictamen sobre la terna que deberá presentarse al Pleno del Congreso.

El procedimiento para la elección del auditor, debe procurar que la terna propuesta se encuentre integrada por los 3 aspirantes cuyas habilidades, capacidades, competencias laborales y experiencias sean las mejores respecto del total de los participantes.

Esta iniciativa fue turnada para su análisis a las comisiones de Gobernación; y Vigilancia.

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