●Busca una mayor transparencia en la
entrega de concesiones y permisos para el transporte público.
San Luis Potosí, México. 24 │
11 │ 2019 │ ● El
diputado Rolando Hervert Lara, presentó la iniciativa que propone expedir la
nueva Ley de Transporte del Estado, a fin de actualizar las disposiciones
respectivas en la materia.
El legislador explica, que se
propone en primer término la modificación a su denominación, toda vez que en
este ordenamiento se regula al transporte público prestado por conducto de
concesionarios y permisionarios, como el transporte privado que es llevado a
cabo por medio de las denominadas Empresas de Redes de Transporte.
Explica que en esta
iniciativa, se establecen algunas situaciones como es el caso de los sistemas
de prepago, considerados como servicios auxiliares de transporte, por lo que su
concesión debe ser a través de un procedimiento de concurso, incorporando en
ellos los avances tecnológicos existentes.
Se propone una reestructura de
las modalidades que en realidad deben de prevalecer como transporte público, y
que en todo caso, deben de ser aquellas que tienen como fin garantizar por
parte del Estado, el traslado de personas en el desarrollo de sus actividades.
Es por ello que, algunas modalidades que no tienen ese objetivo, o bien, que
son competencia de la federación, no se incluyen en la presente propuesta.
En lo referente a los
estándares de calidad, es más preciso en este proyecto. Respecto del tema de
medios de cobertura contra daños, se precisa la irrevocabilidad de las pólizas
de seguro, y en cuanto a los fondos de cobertura por parte de personas morales,
se corrige la cobertura a partir de que la misma deba ser por cada segmento de
setenta unidades, ya que de lo contrario dejar la prevención vigente,
representa una cobertura que no garantiza la reparación de daños, ello en
perjuicio de los posibles afectados.
Se establece la obligación de
constituir un fideicomiso público de evaluación y capacitación, lo anterior
ante la realidad que ha mostrado carencia de recursos económicos que tengan como
fin, asegurar que la revista vehicular se lleve a cabo bajo procedimientos y
estándares que puedan realmente certificar que todos los vehículos se
encuentran en el momento de revisarlos, en condiciones físicas pero sobre todo
mecánicas, que contribuyan a los estándares de calidad y seguridad.
De igual forma, para que la
capacitación a los operadores sea una actividad permanente, se determina un
catálogo de servicios auxiliares, que concentra conceptos hoy aislados en la
ley.
En el rubro de sanciones, se
establece de manera clara y ordenada los supuestos a sancionar y las sanciones
aplicables, que pueden ser desde la amonestación, multa, suspensión, o
revocación
En transitorios se establecen
los plazos para la constitución del Fideicomiso destinado a la evaluación de
parque vehicular; además, de un plazo para que se licite un solo sistema de
prepago y administración en la zona metropolitana de San Luis Potosí, ello en
beneficio de los usuarios.
La iniciativa fue turnada para
su análisis a la Comisión de Comunicaciones y Transportes.
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