●Aprueban punto de acuerdo para exhortar a
los municipios con alerta de violencia de género a que informen sobre las
acciones para la prevención de violencia en contra de la mujer y feminicidios.
San Luis Potosí, México. 14 │
11 │ 2019 │ ● (Agencia
digital de noticias) En Sesión Ordinaria, fueron presentados al pleno para su votación
los dictámenes relacionados a los informes de cuentas públicas de los 113
informes de auditoría, general e individuales, de las cuentas públicas del
ejercicio fiscal 2018, que contempla los 3 Poderes del Estado, 58
ayuntamientos, 22 organismos de agua potable, 6 organismos autónomos, 22
sistemas municipales DIF; y la reposición de auditoría de cuenta pública 2016
del municipio de Ébano.
En el informe general, se
indica que la Auditoría Superior del Estado, tomo como universo de
fiscalización, la cantidad de 15 mil 032 millones 018 mil 897 pesos,
distribuidos de la siguiente manera:
Los 3 Poderes del Estado por
un monto de $6,594’410,662; los 58 Ayuntamientos por un monto de
$6,561´945,965; 22 Organismos Municipales Operadores de Agua Potable y/o de
Vivienda $1,127’262,438; 6 Organismos
Autónomos $499’792,640; 22 Sistemas Municipales DIF $130’786,260.00; y la
Reposición de Auditoria de la cuenta pública 2016 de Ébano por $117’820,932.07
Del universo de recursos
fiscalizables en el proceso de planeación, se determinó una muestra que fue
objeto de revisión por un importe de $12 mil 601 millones 440 mil 773 pesos,
distribuidos de la siguiente manera:
Los 3 Poderes del Estado por
un monto de $5,192’561,954; los 58 Ayuntamientos por un monto $5,973’676,293; los 22 Organismos Municipales Operadores de Agua
Potable y/o de Vivienda $818’113,134; los 6 Organismos Autónomos por un monto
$423’095,894; los 22 Sistemas Municipales DIF por un monto de $119’127,921; y
la Reposición de la Auditoria de la cuenta
pública 2016 de Ébano, por
$74’865,577.20
Se indica que la revisión
globalizada de recursos fiscalizados representó el 83.83%, del total de los
recursos que eran posibles de fiscalizar. Se considera que este porcentaje de
revisión es altamente representativo toda vez que implica que 4.20 de cada 5
pesos fueron auditados.
En el Informe General se
establece que la Auditoria Superior del Estado, llevó a cabo 16 Auditorías de
Desempeño, enfocadas a programas presupuestarios, debido a que constituyen la
categoría y estructura programática que organiza en forma representativa y
homogénea, la asignación de recursos y del gasto público para el cumplimiento
de los objetivos y metas, lo cual considera el gasto no programable, mismas que
en su totalidad fueron aplicadas a los
Ayuntamientos.
Para la fiscalización superior
de las cuentas públicas correspondientes al ejercicio fiscal 2018, así como de
la cuenta pública del ejercicio fiscal 2016 objeto de reposición, fueron
practicadas un total de 262 auditorías, de las cuales 243 fueron de carácter
financiero y de cumplimiento, 3 auditorías
financieras con enfoque a desempeño y 16 auditorías de desempeño.
El informe establece, que como
resultado de las auditorías tanto financieras como de cumplimiento, fueron notificadas
5,090 acciones; $2’453,913 de resarcimientos; 1000 pliegos de observaciones;
$897’846,572 en pliegos de observaciones, lo que corresponde a un 7.11%
observado de acuerdo a la muestra auditada; 151 solicitudes de aclaración por
un importe de $190’391,102; 164 promociones del ejercicio de facultades de
comprobación fiscal; además de 2,309 procedimientos de responsabilidades
administrativas y 210 recomendaciones a los entes auditables.
En cuanto a notificaciones, se
presentaron 455 a los Poderes del Estado; 3815 a los Ayuntamientos; 399 a los
Organismos Municipales Operadores de Agua Potable y/o de Vivienda y Planeación;
50 a los Organismos Autónomos; y 371 a los Sistemas Municipales DIF.
Lo anterior indica que
prácticamente 7.5 de cada 10 observaciones fueron notificadas a los
Ayuntamientos del Estado. Sin embargo, si se considera que tanto los organismos
municipales operadores de agua, de vivienda, de planeación y los sistemas
municipales del sistema integral de la familia pertenecen a ese mismo nivel de
gobierno, 9 de cada 10 observaciones corresponden a ese ámbito gubernamental
De acuerdo con el informe
general, de las 5,090 acciones notificadas se generaron los siguientes
resultados:
Resarcimientos de recursos por
un monto de $2’453,933 (DOS MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL
NOVECIENTOS TREINTA Y TRES PESOS), que representa el 12.38% con relación al
2017, en el cual se recuperaron $19,
815,894 (DIECINUEVE MILLONES OCHOCIENTOS QUINCE MIL OCHOCIENTOS NOVENTA
Y CUATRO PESOS).
Se emitieron un total de 1000
pliegos de observaciones por un monto de $897’846,572 (OCHOCIENTOS NOVENTA Y
SIETE MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS SETENTA Y DOS PESOS)
contra 607 pliegos de observaciones del
ejercicio 2017 por un monto de $719,883,296 (SETECIENTOS DIECINUEVE MILLONES
OCHOCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y SEIS PESOS).
Se indica que fueron
observados en forma general el 7.13% del total de los recursos fiscalizados.
Con base en el Informe General
de Auditoria, las principales razones por las cuales los recursos fiscalizados
fueron observados, son las siguientes:
Con relación a las auditorías
financieras y de cumplimiento: La Ley de Adquisiciones no considera conceptos
por la contratación de servicios y arrendamientos, diferentes a los
relacionados con bienes muebles. En el Informe General de la Cuenta Pública
2017 se hizo la sugerencia correspondiente al Congreso del Estado.
Se presentaron casos de proveedores
y contratista no localizados para
verificación en el domicilio
fiscal del Comprobante Fiscal Digital (CFDI).
En lo que corresponde a la
auditoría practicada al Poder Ejecutivo, no fueron proporcionados por la
Contraloría General del Estado, los mapas de administración de riesgos, así
como los reportes semestrales y/o anuales de comportamiento de los riesgos de
cada una de las instituciones de la Administración Pública Estatal.
Con relación a las auditorías
de desempeño:
Derivado de las auditorías a
las Entidades Fiscalizadas que integran la Administración Pública Estatal, se
identificó que la Contraloría General del Estado no llevó a cabo la
verificación periódica de los resultados de la ejecución de los programas y
presupuestos, con base en el sistema de evaluación del desempeño, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 79 la Ley de Presupuesto y
Responsabilidad Hacendaria del Estado y Municipios de San Luis Potosí; en
particular se omite el seguimiento y la evaluación a los programas presupuestarios
que las Entidades comprometen mediante la Ley del Presupuesto de Egresos del
Estado.
Omisión por desconocimiento de
las principales obligaciones legales con relación a la implementación del
Presupuesto basado en Resultados.
Las administraciones
municipales que atendieron las auditorías iniciaron su gestión en octubre de
2018, por lo cual, no conocen los antecedentes y el estado de algunos aspectos
sustantivos de la administración.
Insuficiencia en los
expedientes que deberían contener información relevante, principalmente la
relacionada con los planes y programas, así como su avance y cumplimiento.
Deficiencias en la integración
de los programas con el presupuesto y la contabilidad.
Por ende y con el fin de
atender a los riesgos mencionados, los resultados contenidos en los Informes
Individuales se emitieron con base en evidencia suficiente, competente,
pertinente y relevante.
El Informe General presentado
por la Auditoría Superior del Estado,
incluye las principales áreas vulnerables que a su consideración podrían
afectar la operación de las entidades fiscalizadas.
Con relación a las auditorías
financieras y de cumplimiento:
La información financiera no
presenta cifras confiables derivado de la falta de depuración y consolidación
de cuentas contables, así como el seguimiento de las normas técnicas en el
registro de las operaciones.
Falta de identificación
precisa por ejercicio fiscal en la aplicación de fondos incluyendo remanentes,
en la generación de los programas de obra pública.
Falta de planeación,
supervisión y seguimiento de los proyectos de obra pública, que ocasionan
incrementos en el monto de inversión y plazos de ejecución.
Las claves presupuestarias con
las se registran los movimientos presupuestales en la contabilidad, no cumplen
con lo dispuesto en los lineamientos del Consejo Nacional de Armonización
Contable (CONAC); en particular, no se apegan a las clasificaciones
correspondientes.
Los fideicomisos en los que
ejecutan los programas y proyectos de inversión, las entidades fiscalizadas, no
se apegan al acuerdo en materia de consolidación de los estados financieros y
demás información contable, emitido por el Consejo Nacional de Armonización
Contable.
Para atender cada una de las situaciones descritas, a
través de los Informes Individuales la Auditoría Superior del Estado emitió las
observaciones y recomendaciones que permitirán atenderlas adecuadamente.
Como resultado del proceso de
fiscalización superior, se realizaron 151 solicitudes de aclaración; 164
promociones de ejercicio de facultad de comprobación fiscal y 2,966 promociones de inicio de
procedimientos de responsabilidad administrativa sancionatoria, además de 809
recomendaciones.
Resumen de los resultados de
la fiscalización del gasto, de las participaciones federales, de los recursos
transferidos y la evaluación de la deuda.
El Sistema Nacional de
Fiscalización es presidido de manera dual por la Auditoría Superior de la
Federación y la Secretaría de la Función Pública Federal; en particular, la ASF
orienta los esfuerzos en el país por reducir la fragmentación y evitar la
duplicidad en la fiscalización.
En el caso de la deuda pública
estatal, la Auditoría Superior de la Federación llevó a cabo la auditoría
número 1264-GB-GF denominada “Cumplimiento de las disposiciones establecidas en
la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios”
al Gobierno del Estado de San Luis Potosí.
Dicha auditoría tuvo como
objetivos, entre otros:
Validar el cumplimiento a la
normativa.
Comprobar que los Ingresos
Excedentes derivados de Ingresos de Libre Disposición de la Entidad
Fiscalizada, sean destinados a los conceptos previstos.
La congruencia entre los
Saldos de la Deuda Pública.
Verificar la Información
Financiera y las cifras reportadas en la Cuenta Pública del Poder Ejecutivo del
Estado del ejercicio fiscal 2018 en el que no se contrató deuda adicional a la
existente.
Verificar que los
Financiamientos y Obligaciones se encuentran publicados en la Página Oficial de
Internet y en su respectiva Cuenta Pública del ejercicio fiscal 2018; así como
los Informes Trimestrales sobre el Ejercicio y Destino de los Recursos.
Antes de la votación, los
diputados Edgardo Hernández Contreras, Marite Hernández Correa, Sonia Mendoza
Díaz, Eugenio Govea Arcos, Oscar Vera Fabregat y María Isabel González Tovar,
Edson Quintanar manifestaron su voto en contra de los informes, ya que
consideraron que no se contó con el tiempo suficiente para la revisión puntual
de los mismos, y existen dudas en las auditorías practicadas por la ASE, además
de inconsistencias en las observaciones.
El diputado José Antonio
Zapata, presidente de la Comisión de Vigilancia dijo que los informes
contemplan la realización de las auditorias financieras, de cumplimiento y de
desempeño, las cuales se realizaron de acuerdo a lo establecido en la
legislación respectiva, de acuerdo a lo
establecido en la ley, y se contó con el apoyo de la Unidad de Evaluación y
Control para presentar los dictámenes sobre los informes de las cuentas.
En el mismo sentido, la
diputada Laura Patricia Silva Celis, reafirmó que el trabajo realizado por la
Comisión de Vigilancia estuvo apegado a las disposiciones legales, y la
Auditoría Superior del Estado debe continuar con el proceso respectivo en el
desahogo de las observaciones de los entes obligados.
Informes de los Tres Poderes
del Estado.
Poder Ejecutivo
Fue aprobado por mayoría de 14
votos a favor y 9 en contra, el informe individual de auditoría de la cuenta
pública ejercicio fiscal 2018 del Poder Ejecutivo del Estado, del cual se
desprende que del proceso de fiscalización, se desprenden los siguientes resultados:
1.-Secretaría General de
Gobierno: no se determinaron observaciones a la entidad fiscalizada para la
integración de este informe.
2.- Secretaría de Finanzas: Se
determinaron 23 observaciones, de las cuales 2 fueron solventadas por la
entidad fiscalizada antes de la integración de este informe. Los 21 restantes
generaron: 5 Recomendaciones, 2 Pliegos de Observaciones, 15 Promociones de
Responsabilidad Administrativa Sancionatoria.
El monto del pliego de
observaciones es por un importe de $203,533.00. Total de Resarcimiento: $ 0.00
3.- Secretaría de Desarrollo
Urbano, Vivienda y Obras Públicas: Se determinaron 59 observaciones, las cuales
no fueron solventadas por la entidad fiscalizada antes de la integración de
este informe. Las observaciones generaron: 16 Pliegos de Observaciones, 42
Promociones de Responsabilidad Administrativa Sancionatoria, 1 Promoción del
Ejercicio de la Facultad de Comprobación Fiscal.
El monto del pliego de
observaciones es por un importe de $16,966,158.00. Total de Resarcimiento: $
0.00
Opinión con salvedad: Con
motivo de la auditoría practicada al Poder Ejecutivo del Estado de San Luis
Potosí, correspondiente a la Cuenta Pública del ejercicio 2018, se determinó
fiscalizar un monto de $4,921,181,034 que representa el 78.7% del universo
seleccionado por $3,871,322,172. La auditoría se practicó sobre la información
proporcionada por la entidad fiscalizada, de cuya veracidad es responsable, y
se ejecutó mediante pruebas selectivas que se estimaron necesarias, en consecuencia,
existe una base razonable para sustentar la opinión que se refiere sólo a la
muestra de las operaciones revisadas.
Con base en lo establecido en
el artículo 35, fracción I, de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas
del Estado de San Luis Potosí, este Órgano de Fiscalización del Congreso del
Estado de San Luis Potosí, considera que, en términos generales y respecto de
la muestra antes señalada, el Poder Ejecutivo del Estado de San Luis Potosí,
durante el periodo fiscalizado comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre
del año 2018, cumplió razonablemente con las disposiciones normativas
aplicables al fondo, respecto de las operaciones examinadas, excepto por los
resultados con observación que se precisan en el apartado correspondiente de
este informe.
4.- Secretaría de Desarrollo
Agropecuario y Recursos Hidráulicos: Se determinaron 5 observaciones, de las
cuales 3 fueron solventadas por la entidad fiscalizada antes de la integración
de este informe. Los 2 restantes generaron: 1 Recomendación, 1 Promoción del
Ejercicio de la Facultad de Comprobación Fiscal.
El monto del pliego de
observaciones es por un importe de $ 0.00
Total de Resarcimiento: $ 0.00
5.- Secretaría de Educación de
Gobierno del Estado: Se determinaron 4 observaciones, de las cuales 2 fueron
solventadas por la entidad fiscalizada antes de la integración de este informe.
Los 2 restantes generaron: 1 Promoción de Responsabilidad Administrativa
Sancionatoria, 1 Promoción del Ejercicio de la Facultad de Comprobación Fiscal.
El monto del pliego de
observaciones es por un importe de $ 0.00
Total de Resarcimiento: $ 0.00
6.- Secretaría del Trabajo y
Previsión Social: No se determinaron observaciones a la entidad fiscalizada
para la integración de este informe.
7.- Secretaría de Cultura: Se
determinaron 26 observaciones, las cuales no fueron solventadas por la entidad
fiscalizada antes de la integración de este informe. Las observaciones
generaron: 23 Solicitudes de Aclaración, 2 Pliegos de Observaciones, 1
Promoción de Responsabilidad Administrativa Sancionatoria.
El monto del pliego de
observaciones es por un importe de $4,068,430.00
El monto de solicitud de
aclaración es por un importe de $29,191,627.00
Total de Resarcimiento: $ 0.00
8.- Oficialía Mayor: Se
determinaron 4 observaciones, las cuales no fueron solventadas por la entidad
fiscalizada antes de la integración de este informe. Las observaciones
generaron: 2 Promociones de Responsabilidad Administrativa Sancionatoria, 2
Promociones del Ejercicio de la Facultad de Comprobación Fiscal.
El monto del pliego de
observaciones es por un importe de $ 0.00
Total de Resarcimiento: $ 0.00
9.- Coordinación General de
Comunicación Social: Se determinaron 5 observaciones, de las cuales 2 fueron
solventadas por la entidad fiscalizada antes de la integración de este informe.
Las 3 restantes generaron: 3 Recomendaciones.
El monto del pliego de observaciones
es por un importe de $ 0.00. Total de Resarcimiento: $ 0.00
10.- Secretaría de Seguridad
Pública: Se determinó 1 observación, de la cual 1 fue solventada por la entidad
fiscalizada antes de la integración de este informe.
11.- Servicios de Salud de San
Luis Potosí: Se determinaron 92 observaciones, de las cuales 14 fueron
solventadas por la entidad fiscalizada antes de la integración de este informe.
Las 78 restantes generaron: 15 Recomendaciones, 22 Solicitudes de Aclaración,
12 Pliegos de Observaciones, 25 Promociones de Responsabilidad Administrativa
Sancionatoria, 4 Promociones del Ejercicio de la Facultad de Comprobación
Fiscal.
El monto del pliego de
observaciones es por un importe de $13,619,358.00. El monto de solicitud de
aclaración es por un importe de $50,372,624.00. Total de Resarcimiento: $ 0.00
12.- Junta Estatal de Caminos:
Se determinaron 21 observaciones, las cuales no fueron solventadas por la
entidad fiscalizada antes de la integración de este informe. Las observaciones
generaron: 10 Pliegos de Observaciones, 10 Promociones de Responsabilidad
Administrativa Sancionatoria, 1 Promoción del Ejercicio de la Facultad de
Comprobación Fiscal.
El monto del pliego de
observaciones es por un importe de $37,561,992.00
Total de Resarcimiento: $ 0.00
13.- Comisión Estatal del
Agua: Se determinaron 23 observaciones, las cuales no fueron solventadas por la
entidad fiscalizada antes de la integración de este informe. Las observaciones
generaron: 2 Recomendaciones, 1 Solicitud de Aclaración, 9 Pliegos de
Observaciones, 8 Promociones de Responsabilidad Administrativa Sancionatoria, 3
Promociones del Ejercicio de la Facultad de Comprobación Fiscal.
El monto del pliego de
observaciones es por un importe de $1,118,811.00
El monto de solicitud de
aclaración es por un importe de $475,952.00
Total de Resarcimiento: $ 0.00
14.- Sistema para el
Desarrollo Integral de la Familia: Se determinaron 24 observaciones, de las
cuales 8 fueron solventadas por la entidad fiscalizada antes de la integración
de este informe. Los 16 restantes generaron: 2 Solicitudes de Aclaración, 5
Pliegos de Observaciones, 6 Promociones de Responsabilidad Administrativa
Sancionatoria, 3 Promociones del Ejercicio de la Facultad de Comprobación
Fiscal.
El monto del pliego de
observaciones es por un importe de $65,849.00. El monto de solicitud de
aclaración es por un importe de $35,628.00
Total de Resarcimiento: $ 0.00
15.- Instituto de Capacitación
para el Trabajo: Se determinaron 33 observaciones, las cuales no fueron
solventadas por la entidad fiscalizada antes de la integración de este informe
Las observaciones generaron: 10
Recomendaciones, 6 Solicitudes de Aclaración, 3 Pliegos de Observaciones, 14
Promociones de Responsabilidad Administrativa Sancionatoria.
El monto del pliego de
observaciones es por un importe de $68,487.00. El monto de solicitud de
aclaración es por un importe de $846,482.00. Total de Resarcimiento: $ 0.00
16.- Instituto de Vivienda del
Estado: Se determinaron 30 observaciones, las cuales no fueron solventadas por
la entidad fiscalizada antes de la integración de este informe. Las
observaciones generaron: 5 Recomendaciones, 2 Solicitudes de Aclaración, 10
Pliegos de Observaciones, 11 Promociones de Responsabilidad Administrativa
Sancionatoria, 2 Promociones del Ejercicio de la Facultad de Comprobación
Fiscal.
El monto del pliego de
observaciones es por un importe de $4,045,681.00 . El monto de solicitud de
aclaración es por un importe de $3,147,690.00
Total de Resarcimiento: $ 0.00
17.- Instituto de Cultura
Física y Deporte: Se determinaron 14 observaciones, las cuales no fueron
solventadas por la entidad fiscalizada antes de la integración de este informe.
Las observaciones generaron: 11 Recomendaciones, 3 Promociones de
Responsabilidad Administrativa Sancionatoria.
El monto del pliego de
observaciones es por un importe de $ 0.00. Total de Resarcimiento: $ 0.00
18.- Universidad
Intercultural: Se determinaron 6 observaciones, las cuales no fueron
solventadas por la entidad fiscalizada antes de la integración de este informe.
Las observaciones generaron: 4 Recomendaciones, 2 Promociones de
Responsabilidad Administrativa Sancionatoria.
El monto del pliego de
observaciones es por un importe de $ 0.00
Total de Resarcimiento: $ 0.00
19.- Centro de Justicia para
las Mujeres del Estado de San Luis Potosí: Se determinaron 5 observaciones, las
cuales no fueron solventadas por la entidad fiscalizada antes de la integración
de este informe. Las observaciones generaron: 3 Recomendaciones, 2 Promociones
de Responsabilidad Administrativa Sancionatoria.
El monto del pliego de
observaciones es por un importe de $ 0.0Total de Resarcimiento: $ 0.00
20.- Secretaría de Turismo: Se
determinaron 3 observaciones, de las cuales 3 fueron solventadas por la entidad
fiscalizada antes de la integración de este informe.
El monto del pliego de
observaciones es por un importe de $ 0.00 Total de Resarcimiento: $ 0.00
21.- Centro de Producción
Santa Rita, S.A. de C.V; Se determinaron 20 observaciones, de las cuales 4
fueron solventadas por la entidad fiscalizada antes de la integración de este
informe. Los 16 restantes generaron: 2 Recomendaciones, 5 Pliegos de
Observaciones, 9 Promociones de Responsabilidad Administrativa Sancionatoria.
El monto del pliego de
observaciones es por un importe de $445,232.00
Total de Resarcimiento: $ 0.00
En Resumen de observaciones y
acciones: Se determinaron 398 observaciones, de las cuales 39 fueron
solventadas por la entidad fiscalizada antes de la integración de este informe
Los 359 restantes generaron: 61 Recomendaciones, 54 Solicitudes de Aclaración,
76 Pliegos de Observaciones, 151 Promociones de Responsabilidad Administrativa
Sancionatoria, 18 Promociones del Ejercicio de la Facultad de Comprobación
Fiscal.
El monto del pliego de
observaciones es por un importe de $78,163,531.00
El monto de solicitud de
aclaración es por un importe de $84,070,003.00
Total de Resarcimiento: $ 0.00
Dictamen:
Opinión con salvedad: Con
motivo de la auditoría practicada al Poder Ejecutivo del Estado de San Luis
Potosí, correspondiente a la Cuenta Pública del ejercicio 2018, se determinó
fiscalizar un monto de $4,921,181,034 que representa el 78.7% del universo
seleccionado por $3,871,322,172. La auditoría se practicó sobre la información
proporcionada por la entidad fiscalizada, de cuya veracidad es responsable, y
se ejecutó mediante pruebas selectivas que se estimaron necesarias, en
consecuencia, existe una base razonable para sustentar la opinión que se
refiere sólo a la muestra de las operaciones revisadas.
Con base en lo establecido en
el artículo 35, fracción I, de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas
del Estado de San Luis Potosí, este Órgano de Fiscalización del Congreso del
Estado de San Luis Potosí, considera que, en términos generales y respecto de
la muestra antes señalada, el Poder Ejecutivo del Estado de San Luis Potosí,
durante el periodo fiscalizado comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre
del año 2018, cumplió razonablemente con las disposiciones normativas
aplicables al fondo, respecto de las operaciones examinadas, excepto por los
resultados con observación que se precisan en el apartado correspondiente de
este informe.
En cuanto a las auditorias de
desempeño:
Secretaría de Comunicaciones y
Transportes: De la revisión a los instrumentos de planeación, programación,
presupuestación y evaluación, control y seguimiento, así como al registro de
los recursos destinados a los programas presupuestarios y a gasto de inversión,
se determinaron 20 Recomendaciones, 1 Solicitud de Aclaración y 2 Promociones
de Responsabilidad Administrativa Sancionatoria.
Secretaría de Desarrollo
Económico: De la revisión a los instrumentos de planeación, programación,
presupuestación y evaluación, control y seguimiento, así como al registro de
los recursos destinados a los programas presupuestarios y a gasto de inversión,
se determinaron 24 recomendaciones y 6 solicitudes de aclaración.
Sistema de Financiamiento para
el Desarrollo del Estado: De la revisión a los instrumentos de planeación,
programación, presupuestación y evaluación, control y seguimiento, así como al
registro de los recursos destinados a los programas presupuestarios y a gasto
de inversión, se determinaron 14 recomendaciones y 1 solicitud de aclaración.
Por ello, y con fundamento en
lo prescrito por el artículo 54, párrafo tercero, de la Constitución Política
del Estado de San Luis Potosí, se determina que el Informe Individual de
Auditoría correspondiente al Poder Ejecutivo del Estado, S.L.P., emitido por la
Auditoría Superior del Estado, como resultado de la fiscalización de la cuenta
pública del ejercicio fiscal 2018, fue realizado con apego a las disposiciones
legales aplicables.
Poder Legislativo:
Por mayoría de 16 votos a
favor, 1 abstención y 6 votos en contra, fue aprobado el informe individual de
auditoría de la cuenta pública ejercicio fiscal 2018 del Poder Legislativo del
Estado.
Se indica que del proceso de fiscalización,
se desprenden los siguientes resultados:
Se determinaron 21
observaciones, de las cuales 1 fueron solventadas por la entidad fiscalizada
antes de la integración de este informe. Las 20 restantes generaron: 2 Pliego
de Observaciones, 5 Promoción de Responsabilidad Administrativa Sancionatoria,
2 Promoción del Ejercicio de la Facultad de Comprobación Fiscal, 11
Recomendación.
El monto del pliego de
observaciones es por un importe de $90,609.00.
Total de Resarcimiento: $0.00
Dictamen: Opinión con salvedad
Con motivo de la auditoría practicada al Poder Legislativo del Estado de San
Luis Potosí, correspondiente a la Cuenta Pública del ejercicio 2018, se
determinó fiscalizar un monto de $183,248,834 que representa el 63.8 % del
universo seleccionado por $287,432,202.
La auditoría se practicó sobre
la información proporcionada por la entidad fiscalizada, de cuya veracidad es
responsable, y se ejecutó mediante pruebas selectivas que se estimaron
necesarias, en consecuencia, existe una base razonable para sustentar la
opinión que se refiere sólo a la muestra de las operaciones revisadas.
Por ello, con fundamento en lo
prescrito por el artículo 54, párrafo tercero, de la Constitución Política del
Estado de San Luis Potosí, se determina que el Informe Individual de Auditoría
correspondiente al Poder Legislativo del Estado, S.L.P., emitido por la
Auditoría Superior del Estado, como resultado de la fiscalización de la cuenta
pública del ejercicio fiscal 2018, fue realizado con apego a las disposiciones
legales aplicables.
Poder Judicial del Estado.
Con 9 votos a favor, 1
abstención, y 12 votos en contra, fue rechazado el informe individual de
auditoría de la cuenta pública 2018, del Poder Judicial del Estado, mismo que
fue presentado en sentido negativo por la Comisión de Vigilancia, al considerar
con fundamento en lo prescrito por el artículo 54, párrafo tercero, de la
Constitución Política del Estado de San Luis Potosí, se determina que el
Informe Individual de Auditoría correspondiente al Poder Judicial del Estado,
emitido por la Auditoría Superior del Estado, como resultado de la
fiscalización de la cuenta pública del ejercicio fiscal 2018, que no fue
realizado con apego a las disposiciones legales aplicables
Se indica en el dictamen, que
del proceso de fiscalización, se desprenden los siguientes resultados:
Se determinaron 16
observaciones, de las cuales 9 fueron solventadas por la entidad fiscalizada
antes de la integración de este informe.
Las 7 restantes generaron: 1
Pliego de Observaciones, 4 Promoción de Responsabilidad Administrativa
Sancionatoria, 2 Recomendación.
El monto del pliego de
observaciones es por un importe de $1,554,136.00
Total de Resarcimiento $ 0.00
Dictamen: Opinión limpia Con
motivo de la auditoría practicada al Poder Judicial del Estado, correspondiente
a la Cuenta Pública del ejercicio 2018, se determinó fiscalizar un monto de
$972,202,318 que representa el 85.3% del universo seleccionado por
$1,140,199,225. La auditoría se practicó sobre la información proporcionada por
la entidad fiscalizada, de cuya veracidad es responsable, y se ejecutó mediante
pruebas selectivas que se estimaron necesarias, en consecuencia, existe una
base razonable para sustentar la opinión que se refiere sólo a la muestra de
las operaciones revisadas.
58 Ayuntamientos.
Por mayoría de votos de los
diputados presentes, fueron aprobados los informes individuales de auditoría de
la cuenta pública del ejercicio fiscal 2018, de 57 ayuntamientos de la entidad:
Ahualulco, Alaquines, Aquismón, Armadillo de los Infante, Axtla de Terrzas,
Cárdenas, Catorce, Cedral, Cerritos, Cerro de San Pedro, Charcas, Ciudad del
Maíz, Ciudad Fernández, Ciudad Valles, Coxtlán, Ébano, El Naranjo, Guadalcazar,
Huehuetlán, Lagunillas, Matehuala, Matlapa, Mexquitic de Carmona, Moctezuma,
Rayón, Rioverde, Salinas, San Antonio, San Ciro de Acosta, San Martín
Chalchicuautla, San Nicolás Tolentino, San Vicente Tancuayalab, Santa Catarina,
Santa María del Río, Santo Domingo Soledad de Graciano Sánchez, Tamasopo,
Tampacán, Tampamolón Corona, Tamuín, Tancanhuitz, Tanlajás, Tanquián de
Escobedo, Tierra Nueva, Vanegas, Venado, Villa de Arista, Villa de Arriaga,
Villa de Guadalupe, Villa de la Paz, Villa de Reyes, Villa Hidalgo, Vila
Juárez, Xilitla, y Zaragoza.
Los procedimientos de
auditorías practicadas por la Auditoría Superior del Estado, incluyeron
Recursos Fiscales y Participaciones Federales a Municipios; Recursos del Fondo
de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones
Territoriales del Distrito Federal (FISMDF); y el Fondo de Aportaciones para el
Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del
Distrito Federal (FORTAMUNDF).
En el caso del ayuntamiento de
San Luis Potosí, por 7 votos a favor, 2 abstenciones y 12 votos en contra, fue
rechazado el informe individual de la cuenta pública del ejercicio fiscal 2018,
mismo que fue presentado en sentido negativo por parte de la Comisión de
Vigilancia, al considerar Con fundamento en lo prescrito por el artículo 54,
párrafo tercero, de la Constitución Política del Estado de San Luis Potosí, se
determina que el Informe Individual de Auditoría correspondiente al
Ayuntamiento de San Luis Potosí, emitido por la Auditoría Superior del Estado,
como resultado de la fiscalización de la cuenta pública del ejercicio fiscal
2018, que no fue realizado con apego a las disposiciones legales aplicables.
Al respecto, el diputado
Rolando Hervert Lara pidió en tribuna
que la Auditoría Superior del Estado realice una ampliación a la muestra
auditada, ya que consideró que existen suficientes indicios de mal ejercicio de
los recursos públicos.
Dijo que las observaciones al
municipio de San Luis Potosí son del orden de 248 millones de pesos, es decir,
el 28 por ciento del monto revisado, y equivale al 27 por ciento del monto total
observado en todo el estado.
También fueron aprobados por
mayoría los informes individuales de 22 Organismos Municipales Operadores de
Agua Potable y/o Vivienda; 6 Organismos Autónomos; 22 Sistemas Municipales DIF
y la Reposición de Auditoria de la cuenta pública 2016 Ébano.
Puntos de Acuerdo
Fue aprobado por unanimidad de
20 votos a favor, el Punto de Acuerdo avalado por los 27 diputados de la LXII
Legislatura, y presentado en tribuna por la diputada Marite Hernández Correa,
para exhortar a los presidentes municipales de los ayuntamientos de: Ciudad
Valles; Matehuala; San Luis Potosí; Soledad de Graciano Sánchez; Tamazunchale;
y Tamuín, para que informen a esta Soberanía lo siguiente:
1. ¿Qué acciones ordena el mecanismo de Alerta
de Violencia de Género, al gobierno municipal que usted encabeza?
2. ¿Qué acciones ha
implementado su gobierno? Especifique el nombre de la acción, en qué consiste
esta, su objetivo, el avance en la implementación de la misma, los resultados
obtenidos hasta el momento, las fechas en que se inició la implementación y en
la que se plantea concluir dicha acción.
3. ¿Con qué instituciones
estatales se han coordinado para la atención integral de las violencias contra
las mujeres y niñas en su municipio? Detalle las acciones coordinadas que han
implementado, las fechas y los lugares en que se han desarrollado las mismas,
así como los resultados obtenidos.
4. ¿Con qué instituciones del Gobierno Federal
se han coordinado para la atención integral de las violencias contra las mujeres
y niñas en su municipio? Describa las acciones coordinadas que han
implementado, las fechas y los lugares en que se han desarrollado las mismas,
así como los resultados obtenidos.
5. ¿Quienes integran los
comités municipales, incluyendo instancias públicas, sociedad civil, academia u
organismos de derechos humanos? ¿Cada cuándo sesionan y qué acciones se planean
para 2020 según las necesidades identificadas en el municipio?
6. ¿Qué programas estatales o
federales beneficiaron a su Municipio? ¿Qué recursos económicos gestionó el
estado ante la CONAVIM para la ejecución de proyectos específicos para la
Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres?
7. ¿A cuánto asciende el
presupuesto ejercido por su municipio respecto a las acciones derivadas de la
Declaratoria de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres?
8. ¿Cuáles son los tipos y modalidades de
violencia que se presentan en su municipio? ¿Cuáles son los principales
obstáculos para prevenirlos, atenderlos y erradicarlos?
9. ¿Cuánto recurso municipal destina a
programas y acciones para atender, sancionar, prevenir y erradicar la violencia
contra mujeres?
10. ¿De qué manera se
coordinan y articulan acciones con los sistemas municipales para la protección
integral del niños, niñas y adolescentes, y cuántos recursos destina el
municipio al funcionamiento del Sistema Nacional de Protección de Niñas, Niños
y Adolescentes municipal y su Secretaría Ejecutiva?
Esto en virtud de que desde el
21 de junio de 2017 se encuentra vigente la Alerta de Violencia de Género en
nuestro estado, y a pesar de ello, las violencias en contra de las mujeres han
ido en aumento; la violencia feminicida sigue estando presente y terminando de
manera por demás cruel con la vida de mujeres.
También fue aprobado por
unanimidad de 20 votos a favor, el Punto de Acuerdo presentado por la diputada
Martha Barajas para exhortar de manera respetuosa a los Titulares de las
Secretarías de Salud Federal, del IMSS, ISSSTE y Secretaría de Salud del Gobierno
del Estado, para que informen a está soberanía, sobre si existe situación de
desabasto de medicamentos en los centros de salud de su competencia, y en su
caso las causas que lo han originado; así como para que en caso de existir
desabasto, realicen las acciones correspondientes, que permitan alcanzar la
cobertura en salud, en los términos del artículo 4º de la CPEUM.
A la Comisión de Ecología y
Medio Ambiente, fue turnado el Punto de Acuerdo presentado por el diputado
Mario Lárraga Delgado, por el que el Congreso del Estado Libre y Soberano de San
Luis Potosí, con pleno respeto a su autonomía municipal, exhorta a los
cincuenta y ocho ayuntamientos del estado, a fin de elaborar y/o modificar,
aprobar y establecer los reglamentos de limpia pública en cada municipio.
A las diferentes comisiones
legislativas, fueron turnadas las iniciativas presentadas por los legisladores
de la LXII Legislatura, y el Gobernador del Estado; así como la correspondencia
enviada por los demás poderes del estado, los entes paraestatales y autónomos,
ayuntamientos y organismos paramunicipales, el Poder Federal y particulares.
Agotados los asuntos, se citó a Sesión Ordinaria para el próximo
jueves 21 de noviembre de 2019, a las 10:00 horas en el salón Ponciano Arriaga
Leija, de Jardín Hidalgo 19.