ASPECTOS RELEVANTES DE LA REFORMA HACENDARIA APROBADA
ESCRITO POR: Staff Presidencia. Equipo de contenido de Presidencia de la República.
- Las colegiaturas, espectáculos y la renta y venta de viviendas NO se gravarán con IVA.
- El 53% de las prestaciones a empleados será deducible. En contraste, el IETU no permitía deducción, por lo que algunas empresas deducirán más que antes.
- El cambio al ISR sólo afectará a quienes ganen arriba de $62,500 al mes (sólo el 0.1% de los asalariados).
- El Fondo Solidario de Desempleo se cubrirá en su totalidad por el Gobierno, sin afectar los ahorros de los trabajadores.
- Gravamen de 10% a las ganancias de capital en los mercados bursátiles, excepto en las Afores.
- Sustitución del Régimen de Pequeños Contribuyentes por el Régimen de Incorporación, con el cual el primer año no pagan ISR y se darán descuentos durante 9 años más en lo que crece el negocio.
- Incremento de deducciones personales a 96 mil pesos.
- Se mantiene la deducibilidad de las colegiaturas y donaciones.
- Se gravó con IEPS de 8% la venta de alimentos con alta densidad calórica, y 1 peso por litro a refrescos y bebidas saborizadas, cuyos recursos quedan etiquetados a programas de salud pública.
- 16% de IVA al transporte foráneo, venta de mascotas y su alimento, así como al comercio de bienes y servicios en las zonas fronterizas (no tendrá un efecto en los precios).
- Se elimina el Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU) y el Impuesto a los Depósitos en Efectivo (IDE).
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