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viernes, 7 de febrero de 2014

REFORMA POLÍTICO ELECTORAL

REFORMA POLÍTICO ELECTORAL

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  • LIC. GERARDO QUIRINO MUÑIZ | RECTOR DE LA ESCUELA POTOSINA LIBRE DE DERECHO | PRESIDENTE DEL CONSEJO POTOSINO DE ABOGADOS A. C. | Y SECRETARIO ACADÉMICO DE LA FEDERACION MEXICANA DE COLEGIOS DE ABOGADOS A. C.

SAN LUIS POTOSÍ, MÉXICO  |  La Federación Mexicana de Colegios de Abogados A.C., a través de su Secretaria Académica, otorgo nombramiento de miembros de número, de la Academia Potosina de Derecho Electoral a destacados juristas e investigadores universitarios que en su primera sesión ordinaria, acordaron la realización de un Foro de análisis y propuestas a la Reforma Político Electoral (leyes secundarias) y lo correlativo a la Reforma Electoral del Estado.

La actividad de la Academia y en especial este evento de análisis y propuesta, adquiere gran relevancia, con motivo de la reciente promulgación de la Reforma Político-Electoral, por el Presidente de la Republica, y la consecuente implementación de las leyes secundarias.

La Reforma prevé importantes cambios constitucionales entre los que destacan, la creación del Instituto Nacional Electoral en sustitución del Instituto Federal Electoral, un gobierno de coalición, reelección de legisladores, la transformación de la Procuraduría General de la República en la Fiscalía General de la Republica entre otras.

Como el nuevo organismo “Instituto Nacional Electoral” absorberá algunas de las funciones de los organismos electorales de los Estados, la Academia al analizar esta institución, deberá posicionar propuestas para que el Instituto, no sature sus responsabilidades y su capacidad operativa, ni exceda sus funciones, ante los organismos estatales los cuales, pierden su calidad de autónomos, ya que los nuevos consejeros cuando sean electos serán, a su vez, los encargados de elegir a los consejeros de los Organismos Electorales de cada Entidad Federativa.

El Instituto Nacional Electoral, organizara y vigilara las elecciones federales y coordinara con los órganos locales las elecciones estatales, de ahí la importancia de hacer propuestas a tres nuevas leyes: de Procedimientos Electorales, de Partidos Políticos y de Delitos Electorales.

Por lo anterior, la Academia, deberá pronunciarse en aspectos tan relevantes como: las nuevas atribuciones y facultades legales del Instituto Nacional Electoral como la atracción de elecciones y el nombramiento de los Consejeros Estatales y su eventual remoción, las causas de nulidad y la paridad de género que no permita que el Congreso deteriore su calidad, estableciendo que esta cuota tenga como requisito la calidad profesional en el ejercicio de la política.

Conlleva todo lo expuesto, a que la Academia Potosina de Derecho Electoral se posicione como un órgano consultivo de las propuestas a las leyes reglamentarias, pero sobre todo a una participación jurídica activa, en la Reforma Electoral del Estado, que recién ha iniciado el H. Congreso del Estado y el Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana, a través de foros regionales, mesas de análisis, conferencias y paneles de discusión con expertos y académicos en esta materia.

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