●Se definen las funciones del
coordinador y del personal en la propuesta.
San Luis Potosí, México. 20 │
07 │ 2019 │ ● Con el fin de mejorar las acciones que realiza el Instituto de
Investigaciones Legislativas del Congreso del Estado, al ser un órgano de
soporte técnico del mismo, el diputado Edgardo Hernández Contreras presentó una
iniciativa de reforma a diversos artículos del Reglamento Interior del mismo.
En su exposición de motivos,
el diputado señala que el Instituto de Investigaciones Legislativas del
Congreso del Estado es un órgano de soporte técnico dependiente del Comité
respectivo.
Le corresponde apoyar técnica
y jurídicamente al Congreso del Estado y demás temas de investigación jurídica,
documental, de campo y asuntos legislativos, además de generación de bases de
datos y actualización de la legislación del Estado, por lo que cuenta con su
propio Reglamento.
Y como lo establece el
artículo 184 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso del Estado;
tiene como finalidad exclusiva, apoyar al Congreso en su tarea de elaborar las
normas jurídicas, por medio de la investigación documental y de campo, en las
áreas, jurídica; histórica; política; económica; y en las demás materias que
sean motivo de legislación.
Con las reformas propuestas,
se busca reformar el organigrama del Instituto para definir claramente las
funciones del coordinador y del personal; profesionalizar el puesto
coordinador, para establecer que obligatoriamente cuente con título profesional
o carrera afín a derecho, y quitar el termino preferente, “pues es una persona
que deberá de dirigir el Instituto de Investigaciones Legislativas del Congreso
del Estado, y por la importancia que se merece el Instituto, debe de contar a
la cabeza de su organigrama, con un persona profesionalizada o bien, acreditar
ser perito y tener conocimientos específicos a juicio del Comité, pues lleva a
su cargo las investigaciones legislativas, así como demás personal de
investigación”
Además, de hacerlo extensivo
para el puesto de Responsable de la Unidad de Investigación y análisis
legislativo, pues sin mayor redundancia, y como el puesto lo expresa, se trata
de investigación y análisis legislativo, es decir, una persona con
conocimientos jurídicos y/o afín para desempeñar sus funciones.
La iniciativa fue turnada para
su análisis a las comisiones de Puntos Constitucionales, Gobernación y al
Comité del Instituto de Investigaciones Legislativas.
No hay comentarios:
Publicar un comentario