●Congreso del estado aprueba
exhorto al secretario general: Dip. Beatriz Benavente Rodríguez.
San Luis Potosí, México. 04 │
08 │ 2019 │ ● El pleno del Congreso del Estado aprobó el dictamen que exhorta
al Secretario General de Gobierno del Estado, Alejandro Leal Tovías, para que
rinda un informe pormenorizado, señalando el nivel de avance, así como el
proyecto del Reglamento Interior de los Centros Estatales de Reclusión,
homologado a la Ley Nacional de Ejecución Penal, publicada en el Diario Oficial
de la Federación el 16 de Junio de 2016, pues a la fecha no se ha cumplido con
esta disposición.
La presidenta de la comisión
de Seguridad Publica, Prevención y Reinserción Social de la LXII Legislatura,
diputada Beatriz Eugenia Benavente Rodríguez, explicó que es clara y precisa la
obligación por parte de las Entidades Federativas de llevar a cabo las
actividades inherentes a las reformas para la implementación de esta Ley,
aspecto que en términos legislativos fue acatada por el Congreso del Estado,
sin embargo, por parte del Ejecutivo estatal ha sido omiso en actualizar los
reglamentos de seguridad pública respectivos.
Dijo que en caso particular,
el Reglamento Interior de los Centros Estatales de Reclusión, publicado el 26
de Septiembre del año 2006 en el Periódico Oficial del Estado, normativa que ya
ha sido rebasada en San Luis Potosí y, a la fecha no se tiene conocimiento del
proceso en el cual se encuentra la homologación de la mencionada norma adjetiva
de parte del Ejecutivo.
La legisladora Beatriz
Benavente quien promovió en su momento el punto de acuerdo, señaló exhortar al
Secretario General de Gobierno del Estado a rendir este informe, tiene como
objetivo conocer por qué no se ha homologado en San Luis Potosí el reglamento
interior de centros estatales de reclusión, establecido en la Ley Nacional de
Ejecución Penal.
Destacó que en su momento la
Cámara de Diputados Federal, aprobó la Ley Nacional de Ejecución Penal,
publicada en el Diario Oficial, el cual establece las normas que deberán
observarse durante el internamiento por prisión preventiva, en la ejecución de
penas y en las medidas de seguridad impuestas como consecuencia de una
resolución judicial.
La presidenta de la Comisión
de Seguridad Publica, Prevención y Reinserción Social del Congreso del Estado,
sostuvo que la Ley Nacional de Ejecución Penal, establece en su artículo cuarto
transitorio que se derogan las normas contenidas en las legislaciones federales
y estatales que guarden referencia a la remisión parcial de la pena, la
libertad preparatoria y la sustitución de la pena durante la ejecución, a la
entrada en vigor de la ley única, porque materialmente esos beneficios y
sustitutivos tradicionales desaparecieron en esta, en los términos que fueron
creados originalmente.
Asimismo, se prevé la
obligación de que las legislaturas estatales adecuen sus ordenamientos
jurídicos para derogar esas figuras y legislen sobre las responsabilidades de
los supervisores de libertad, obligación que ya cumplió cabalmente el Congreso
del Estado, no así el Poder Ejecutivo, por ello, “es necesario que el
Secretario General, rinda un informe pormenorizado para conocer el avance que
se tiene en el cumplimiento de esta disposición”.
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