●ASE deberá cumplir una serie de acciones
sujetas a plazos perentorios; inició con publicación en internet de informes y
corre plazo para notificación de resultados.
San Luis Potosí, México. 06 │
11 │ 2019 │ ● Determinar
daños y/o perjuicios a la Hacienda Pública en cantidad líquida, es también
obligación del organismo fiscalizador.
*.-Promover ante el Tribunal
de Justicia Administrativa y órganos internos de control la imposición de
sanciones por faltas graves y no graves, respectivamente, otra responsabilidad.
Una vez que la Auditoría Superior
del Estado cumplió en tiempo y forma ante el Congreso del Estado, con la
entrega de los informes General e Individuales de Auditoría correspondientes a
las Cuentas Públicas 2018, el proceso de fiscalización continúa con una serie
de acciones a seguir, las cuales están sujetas a diversos plazos perentorios
que deben cumplirse.
La primera acción ejecutada,
fue la publicación en internet de los informes General e Individuales, y en
este momento corre el plazo para notificar a los entes auditables el resultado
de la fiscalización, que es de 10 días hábiles a partir de la entrega de los
informes.
Concluido el plazo anterior,
la ASE deberá recibir dentro de los 30 días hábiles siguientes a la
notificación, la documentación y argumentos que los entes fiscalizados
consideren pertinente para el desahogo de sus observaciones, así como requerir
que presenten información adicional, en caso de así considerarlo el organismo
fiscalizador.
Habiendo evaluado las
observaciones, y desahogado aquellas de las que el ente presentó pruebas
suficientes, la ASE determinará en cantidad líquida, los daños y/o perjuicios a
la Hacienda Pública, así como informará a la Secretaria de Hacienda y Crédito
Público en su caso, los posibles incumplimientos de carácter fiscal que haya
encontrado.
Aunado a lo anterior, deberá
promover ante el Tribunal de Justicia Administrativa del Estado, la imposición
de sanciones contra servidores públicos en los casos que se hayan detectado
faltas administrativas graves; así como ante los Órganos Internos de Control,
la investigación y en su caso el procedimiento sancionador, si se detectaron
faltas administrativas no graves.
Finalmente, deberá emitir
denuncia penal ante la Fiscalía Anticorrupción por presuntos hechos delictivos,
y ante el Congreso del Estado para juicio político, en su caso. Paralelo a los
procedimientos que la ASE esté llevando a cabo, deberá informar el primer día
hábil de los meses de noviembre y mayo, el estado que guarda la solventación de
observaciones de las entidades fiscalizadas, como lo marca la Ley de
Fiscalización y Rendición de Cuentas.
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