●Dip. Rubén Guajardo Barrera presentó una
iniciativa de reforma a la ley orgánica del poder legislativo.
San Luis Potosí, México. │ 30 │
12 │ 2019 │ ● El
diputado Rubén Guajardo Barrera presentó una iniciativa de reforma a la Ley
Orgánica del Poder Legislativo con la finalidad de precisar la denominación de
“Diputado independiente”, la cual es muy clara en la legislación electoral,
por la de “Diputado sin partido”.
Señaló que ésta es la forma
correcta de nombrar a aquellos legisladores que proceden a la separación del
grupo parlamentario con el que llegan al Congreso, para así evitar la
confusión de términos y dar un mejor alcance a los supuestos orgánicos que
prevé la norma interior del parlamento.
La Ley Orgánica del Poder
Legislativo del Estado de San Luis Potosí es el máximo ordenamiento jurídico
para la estipulación de los lineamientos que marcarán el trabajo en conjunto
del Congreso del Estado, así como de toda aquella instancia, órgano y
personal que lo conforma.
El diputado independiente es,
de acuerdo al Sistema de Investigación Legislativa, aquel que resultó ganador
de una contienda electoral ante su registro en el Instituto Nacional Electoral
como candidato Independiente. Lo que significa que está desvinculado a
cualquier partido político.
El diputado sin partido es
aquel que en cualquier momento de la legislatura decide separarse del partido
político al que pertenece, teniendo como resultado que su voto no sea
representado por el grupo parlamentario.
El legislador Rubén Guajardo
explicó que “cuando un diputado se desvincula del grupo parlamentario con el
que inicia el ejercicio de sus funciones como congresista, automáticamente se
le retira el nombre del partido al que representa”.
Esto tiene repercusiones
directamente en el valor del voto ponderado del coordinador de la agrupación a
la que pertenecía, pues en la Junta de Coordinación Política, el voto que
representa el diputado ahora sin partido será disminuido.
A pesar de que esta
consecuencia ya se encuentra establecida en las Leyes Orgánicas del Poder
Legislativo a nivel federal y estatal, continúa siendo tema de debate debido a
la confusión que se presenta tanto para los mismos miembros parlamentarios,
como para medios de comunicación y la ciudadanía en general.
La realidad es que, aunque
pueda ser discutible el uso de un término u otro, la diferencia inequívoca
entre ambos conceptos radica en el proceso para llegar al Poder Legislativo de
cada uno, como se mencionó anteriormente.
Añadió el diputado Guajardo
Barrera que “la presente iniciativa pretende definir la conceptualización de
los dos casos expuestos, dar claridad a la Ley que rige el quehacer del
Congreso del Estado y enmendar los casos de confusión a los que se ha caído”.
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