LA COMISIÓN DE IGUALDAD DE GÉNERO, APROBÓ LAS REFORMAS AL CÓDIGO PENAL DEL ESTADO, EN LO RELACIONADO AL DELITO DE ENCUBRIMIENTO, PARA QUE, TRATÁNDOSE DEL DELITO DE FEMINICIDIO, NO SE APLIQUE EL EXCLUYENTE DE RESPONSABILIDAD EN DIVERSOS CASOS: DIPUTADA EMMA IDALIA SALDAÑA GUERRERO
●.- Se Busca Sancionar También A Los Familiares Directos De La Persona Agresora, Para Que No Cuenten Con Excluyentes De Responsabilidad, Y Con Ello, Evitar La Impunidad De Agresores Y Feminicidas.
CIUDAD DE SAN LUIS POTOSÍ, MÉXICO. SÁBADO 15 DE JULIO DEL AÑO 2023.
En reunión de la Comisión de Igualdad de Género, fue aprobado el dictamen que reforma el artículo 283 del Código Penal del Estado, en lo relacionado al delito de encubrimiento para que, tratándose del delito de feminicidio, no se aplique el excluyente de responsabilidad cuando sea cometido por el cónyuge, concubina, concubinario, ascendientes o descendientes consanguíneos del delincuente o colaterales hasta en segundo grado.
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